sábado, 20 de febrero de 2016

COMPAÑIA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

COMPAÑÍA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

Art. 92  La compañia de responsabilidad limitada es la que se contrae entre dos o mas, que solamente responden por las obligaciones sociales hasta el manto de sus aportaciones individuales y hacen el comercio bajo una razón social o denominacion objetiva a lo que se añadira, en todo caso, las palabras "compañía limitada" o su correspondiente abreviatura. Si se utilizare una denominación objetiva será una que no pueda confundirse con una compañía ya existente, los terminos comunes y los que sirven para determinar una clase de empresa como "comercial", "industrial", "agricola", "constructora", etc. no seran de uso exclusivo e  iran acompañadas de una expresion peculiar.
La compañia de responsabilidad limitada no puede tener mas de 15 socios.


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