GENERALIDADES DE COMPAÑÍAS.
En la Ley de Compañías existen cinco especies de las cuales el Art. 2 nos indica que son; la compañía en nombre colectivo, en comandita simple y divididas por acciones, sociedad anónima, responsabilidad limita y la economía mixta estas cinco especies de compañías constituyen personas jurídicas. El Art. 3 nos dice que queda totalmente prohibida la formación y funcionamiento de compañías al orden público.En el Art. 4 la compañía deberá estar en el lugar determinado en el contrato constituido de la misma. En el Art. 5 toda compañía que se constituye en Ecuador tendra domicilio principal dentro del territorio nacional.
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